A finales de 2021, el Consejo de la World Athletics aprobó un nuevo reglamento que sustituye a la Norma Técnica 5 relativa al calzado deportivo y sus disposiciones transitorias.

Las nuevas normas y reglamentos entraron en vigor el 1 de enero de 2022, pero la Confederación Argentina de Atletismo (CADA), recién en la última semana de marzo, va a poner a prueba esta nueva regla.

Ha habido una enorme cantidad de trabajo de fondo y reuniones realizadas, tanto interna como externamente, sobre nuestras reglas de calzado desde el inicio del Grupo de trabajo sobre calzado deportivo en junio de 2020. Todavía hay más por hacer, pero me gustaría agradecer al Grupo de Trabajo, la Federación Mundial de la Industria de Artículos Deportivos (WFSGI) y las empresas de calzado por su apertura y colaboración para encontrar soluciones que ayuden a apoyar la innovación“, comentó Jon Ridgeon, director ejecutivo de World Athletics.

Al confirmar las inscripciones y retirar los dorsales, todos los atletas deberán realizar la respectiva declaración jurada de calzado, conforme a las condiciones mencionadas en el Reglamento de calzado deportivo de World Athletics (WA).

En la cámara de llamadas se procederá a examinar, como es reglamentario, los respectivos calzados de los atletas. En especial:

  • Su correspondencia con lo declarado oportunamente.
  • Su cumplimentación a la luz de las Reglas específicas de WA.

En caso de que la Organización detecte calzado inapropiado o ilegítimo:

  • Se le explicará al atleta que no puede competir con el mismo, pudiendo (en la medida de la posibilidad temporal), cambiarlo por uno aprobado o en las condiciones adecuadas.
  • Si el atleta procede a dicho cambio, se le permitirá competir con ese calzado.
  • Si el atleta no realiza el cambio por imposibilidad o negativa lisa y llana, no se le permitirá competir con el mismo.
  • Si se detecta que ha competido con un calzado diferente al declarado y palmariamente contrario a las reglas, no será clasificado ni registrado oficialmente tanto en las distancias o marcas logradas.

Si, a criterio del juez/árbitro/director de competencia, existen dudas respecto a la regularidad del calzado, los mismos podrán:

  • Decidir dejar competir al atleta con el mismo.
  • Pedir, luego de culminada la prueba, que el atleta entregue el calzado para una más profunda medición.
  • Consignar en los resultados que, los registros, hasta tanto pasen las pruebas respectivas, estarán sujetos a confirmación hasta tanto se pueda acreditar fehacientemente que el calzado cumple con todas las condiciones reguladas.
  • Culminada la evaluación, se podrá confirmar o anular el registro logrado, tras lo cual se devolverá el calzado al atleta.

Los calzados con los que podés correr y con los que no, lo podés encontrar en el siguiente link: (en el final del PDF):

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